DECRETO 0572 DE 28 DE MAYO DE 2025 INCREMENTA LAS TARIFAS DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA DIVERSOS SECTORES EN COLOMBIA

DECRETO 0572 DE 28 DE MAYO DE 2025 INCREMENTA LAS TARIFAS DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA DIVERSOS SECTORES EN COLOMBIA

Con el objetivo de ajustar el recaudo de impuestos en las empresas y algunos contribuyentes de a pie, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 0572 de 2025, el cual introduce cambios en las reglas de juego para la retención en la fuente y autorretención en la fuente en Colombia.

El aumento de la autorretención en la fuente en el año gravable 2025, desde el punto de vista del Gobierno Nacional, disminuiría el anticipo que deben liquidar y pagar los contribuyentes en el año gravable 2026.

La retención en la fuente comenzará sobre pagos o abonos por prestación de servicios por encima de 2 UVT y no 4 UVT que hasta ahora indicaba la ley.

Disminuyen los topes de retenciones en la adquisición de bienes o productos agrícolas o pecuarios, de 92 UVT a 70 UVT, aunque se mantiene la tarifa de 1,5 %.

Para las compras de café pergamino o cereza se bajan de las 160 UVT hasta las 70 UVT, con una tarifa de retención que sigue en 0,5 %.

Las compras de oro efectuadas por las sociedades de comercialización internacional tendrán una tarifa de retención que se incrementará del 1 % al 2,5 % sobre el valor pago.

En la adquisición de bienes raíces para uso como vivienda de habitación, la retención será de 1 % sobre las primeras 10.000 UVT y no 20.000 UVT que estaban establecidas.

Nuevas bases y tarifas para retención en la fuente AG 2025

Sin comentarios

Añadir un comentario